PAGO DE ASEO DOMICILIARIO

Estimado contribuyente de acuerdo al D.L. 3.063, la Municipalidad está facultada para cobrar directamente el derecho de aseo, por el servicio de recolección y disposición de residuos domiciliarios que presta a Ud. y a toda la comunidad.

¿QUIÉNES PAGAN DERECHOS DE ASEO DOMICILIARIO?
Cancelan derecho de aseo en el año 2007 todas aquellas viviendas cuyo monto de avalúo fiscal sobrepase las 225 UTM, equivalente a $ 7.231.950

¿A QUIÉN LE CORRESPONDE PAGAR LOS DERECHOS DE ASEO DE UNA PROPIEDAD?
El derecho de aseo será pagado por el dueño o por el ocupante de la propiedad, ya sea usufructuario, arrendatario o mero tenedor, sin perjuicio de la responsabilidad que afecte al propietario.

¿AL COMPRAR UNA PROPIEDAD QUE NO PAGA CONTRIBUCIONES, DÓNDE CONSULTO SI ADEUDA ASEO DOMICILIARIO?
En la Dirección de Obras del Municipio, ya que de existir deuda, esta será traspasada al nombre del nuevo propietario.

¿EN QUÉ PERÍODO SE CALCULA EL DERECHO DE ASEO ANUAL?
En el período anual comprendido entre el 1 de julio actual y el 30 de junio del año siguiente.

¿CUÁNTO PAGARÉ?
El costo por concepto de aseo para el año 2007, su tarifa es única:
Valor Anual $ 19.168
Valor Cuota $ 4.792

Las cuotas deberán ser canceladas en las fechas de vencimiento que a continuación se detallan:
1° Cuota en el mes de ABRIL
2° Cuota en el mes de JUNIO
3° Cuota en el mes de SEPTIEMBRE
4° Cuota en el mes de NOVIEMBRE

¿CÓMO AFECTA EL INCREMENTO DEL I.P.C. A LA DEUDA DE ASEO?
Una vez determinado el monto a cancelar; se ajustará aplicándole un porcentaje de aumento igual a la variación del IPC (Indice de Precios al Consumidor)

TABLA DE EXENCIÓN

TRAMOSAVALÚO FISCAL DEL PREDIOPORCENTAJE DE EXENCIÓN
1Superior a 25 UTM y hasta 50 UTM100%
2Superior a 50 UTM y hasta 10075%
3Superior a 100 UTM y hasta 15050%
4Superior a 150 UTM y hasta 200 UTM     25%
5Superior a 200 UTM0%

Sin embargo a la tabla de exenciones anterior, los usuarios a cualquier título de predios comprendidos en los tramos 1, 2, 3 y 5 podrán solicitar a la Municipalidad, la corrección total o parcial de la tarifa determinada a pagar, de acuerdo a la siguiente nueva tabla de exención determinada por la encuesta de Estratificación Social CAS2

INDICE CAS2RAMOS DE PUNTAJE CAS2PORCENTAJE DE EXENCIÓN
1,2 y 30 A 550 Puntos100%
4551 a 600 Puntos50%
5601 a 650 Puntos 25%
6651 o Más0%

Las personas que deseen apelar a dicho cobro, deberán concurrir a la Dirección de Desarrollo Comunitario de la Municipalidad a más tardar el día 31 de Marzo del 2006, y solicitar un Certificado de Encuesta de Estratificación Social CAS2.
De acuerdo a lo informado por la Dirección de Desarrollo Comunitario, quedarán Exentas Total o Parcialmente, considerando el procedimiento contenido en la ordenanza Municipal para el cálculo de la tarifa de Aseo Domiciliario, su cobro y exenciones.

¿EN QUE CASOS SE PERDERÁ EL BENEFICIO DE LA EXENCIÓN?
Automáticamente se perderá este beneficio cuando el interesado no reúna algunos de los requisitos que ameriten la exención parcial o total.

De igual forma a los usuarios que tengan la exención y no la renueven en el plazo determinado (la duración de la exención es de dos años)

NOTA:

USTED TIENE DERECHO A

Y LAS SIGUIENTES RESPONSABILIDADES

NUESTRO MUNICIPIO SE HARÁ RESPONSABLE DE

Para mayores informaciones dirigirse a la Municipalidad (Avda. Bernardo O'Higgins n° 70, Puchuncaví) a la Secretaría Comunal de Planificación o comunicarse a los teléfonos (32) 2791085 - 2791718 - 2791488 anexo 321
También puede hacer llegar sus consultas a través del mail secplan@munipuchuncavi.cl

Si desea pagar vía internet haga click aquí.

Arriba       Volver